Dice que antiguos directores no son de carrera ni elegidos por concurso
SANTO DOMINGO. El Presidente del Tribunal Superior Administrativo rechazó suspender de manera provisional la designación de 107 nuevos directores regionales y distritales del Ministerio de Educación por considerar que en caso de ser acogido el recurso contencioso administrativo interpuesto por varios técnicos de Educación la medida se podrá ejecutar sin dificultades.
Rafael Vásquez Goico consideró que en caso de que se acoja la demanda principal y se ordene la nulidad de la ordenanza 24-2017 emitida por el Consejo Nacional de Educación, no habrá peligro porque “dicha situación revertirá todos los efectos jurídicos que haya producido la misma, incluyendo el proceso de selección por concurso que se ha implementado y la propia selección de los nuevos funcionarios escogidos, haciendo retornar todo al estado en que se encontraba”.
De igual modo explicó que el sistema de selección de la norma atacada “no violenta en esencia” los artículos 109 y 115 de la ley de Educación, Ley 66-97, al momento de imponer ternas a ser presentadas al Minerd para la escogencia de dichos funcionarios, en vista de que “incluso presenta un paso de avance de tinte democrático con respecto al método previsto en la ley, reduciendo los márgenes discrecionales de los funcionarios encargados de la escogencia”.
Aseguró además que la discrecionalidad legal es sustituida por un concurso de selección que tiene como base la evaluación de los méritos profesionales de todos los aspirantes.
“No existe prueba en el expediente de que los directores regionales y distritales del Ministerio de Educación que ostentan esas funciones, al momento de dictarse la ordenanza atacada, hayan accedido a dichos cargos mediante concurso público, ni que dichas posiciones hayan sido establecidas como de carrera, sino todo lo contrario”, argumentó el juez al rechazar el amparo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario