Gran
revuelo han causado las declaraciones del expresidente de la Suprema Corte de
Justicia (SCJ), Jorge Suberso Isa, en el sentido de que el Tribunal
Constitucional (TC) puede habilitar al presidente Danilo Medina para participar
en las elecciones de 2020 y que hay jurisprudencia sobre el tema en varios
países de América Latina.
Las
declaraciones del prominente jurista, experto en Derecho Civil, se expandieron
ayer como pólvora en los canales de televisión y en las redes sociales,
provocando todo tipo de reacciones.
En sus
afirmaciones, Subero Isa fue enfático al señalar que “todo depende de la
voluntad que tenga el presidente, de si va o no va” a repostularse para un
tercer período presidencial en los comicios venideros.
“Si el
presidente decide buscar la repostulación, ustedes pueden estar en la completa
seguridad de que la vía para lograrlo se va a abrir, en el caso de que esté
cerrada”, enfatizó.
El
presidente Medina dijo en una entrevista con Jatna Tavárez el domingo 12 de
agosto, que será en marzo del próximo año cuando comunicará su decisión de
presentarse o no para optar por un tercer mandato.
Los
precedentes
“Precedentes hay”, aseguró Subero Isa, al referirse a casos similares en Costa Rica, Bolivia, Nicaragua y Ecuador.
“Precedentes hay”, aseguró Subero Isa, al referirse a casos similares en Costa Rica, Bolivia, Nicaragua y Ecuador.
Dijo a los
periodistas que el TC puede tratar el tema desde tres vertientes diferentes,
empezando por considerar inconstitucional y eliminar el artículo transitorio en
la Constitución de la República que prohíbe al presidente Medina optar “nunca
jamás” por la presidencia o la vicepresidencia de la República.
Otra
vertiente podría ser que el TC haga valer el derecho de igualdad del jefe del
Estado a elegir y ser elegido.
Subero Isa
considera que ese artículo transitorio viola un derecho fundamental.
“En el caso de que el Presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período, ni a ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la Rerpública”, dice el artículo transitorio, resultado de la modificación constitucional del 2015, que permitió a Danilo Medina reelegirse en el 2016.
“En el caso de que el Presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período, ni a ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la Rerpública”, dice el artículo transitorio, resultado de la modificación constitucional del 2015, que permitió a Danilo Medina reelegirse en el 2016.
Las
reacciones
Las reacciones de juristas al planteamiento de Subero Isa no se hicieron esperar.
El ex consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Enmanuel Esquea, resaltó la validez del artículo transitorio diciendo que “nada que esté en la Constitución es inconstitucional”.
Las reacciones de juristas al planteamiento de Subero Isa no se hicieron esperar.
El ex consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Enmanuel Esquea, resaltó la validez del artículo transitorio diciendo que “nada que esté en la Constitución es inconstitucional”.
El abogado
Vinicio Castillo Semán, alto dirigente de la Fuerza Nacional Progresista (FNP)
consideró que declarar inconstitucional el transitorio “es un camino directo al
golpe de Estado” y que, por consiguiente, el TC debe rechazar esa posibilidad.
El doctor Euclides Gutiérrez Félix, miembro del Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) afirmó que todas las constituciones son modificables y que en política “se hace lo que conviene”.
El doctor Euclides Gutiérrez Félix, miembro del Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) afirmó que todas las constituciones son modificables y que en política “se hace lo que conviene”.
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